Fase piloto del Plan de la Visión Futura de La Fundación Rotaria
Subvenciones Distritales
L as Subvenciones Distritales ofrecen a los clubes y distritos
la flexibilidad necesaria para desarrollar actividades de apoyo a la Misión de la Fundación. Se exhorta a los distritos a distribuir estos fondos de subvenciones para actividades de relativo corto plazo locales o internacionales.
Los distritos pueden solicitar un máximo del 50% con cargo a su Fondo Distrital Designado (FDD) en una subvención anual en bloque, y son responsables de administrar las actividades emprendidas con tales fondos, con participación mínima de la Fundación. Cada distrito puede desembolsar dichos fondos a su propio criterio, para financiar actividades patrocinadas por clubes o distritos. Asimismo:
- Todas las actividades financiadas con Subvenciones Distritales deberán acatar los requisitos establecidos en los Términos y condiciones para el otorgamiento de Subvenciones de LFR.
- Para recibir fondos de Subvenciones Distritales los distritos deberán haber sido autorizados por la Fundación.
- Para recibir fondos de Subvenciones Distritales, no se requiere que los clubes estén autorizados por el distrito.
- Las Subvenciones Distritales podrán ser utilizadas por los distritos piloto y los que no participan en la fase piloto.
- No se requiere que las actividades subvencionadas estén comprendidas en las áreas de interés.
Financiación
Las Subvenciones Distritales se financian únicamente con cargo al FDD derivado de las aportaciones al Fondo de Contribuciones Anuales para Programas efectuadas tres años antes, incluidas las utilidades devengadas del Fondo Permanente a través de SHARE. Los distritos pueden solicitar cada año un máximo del 50% de su FDD. Los fondos de Subvenciones Distritales sin utilizar se devuelven a la Fundación y se acreditan nuevamente en el saldo del FDD del distrito. El FDD seguirá acumulándose con cargo al ejercicio del siguiente año. Los fondos del FDD transferidos no se utilizarán para calcular el importe de las Subvenciones Distritales.
Ciclo de tramitación
Solicitud
Los distritos pueden solicitar un a Subvención Distrital por año. Se requiere adjuntar un plan para desembolsos (PDF) a la solicitud, por lo cual los distritos deben decidir de antemano qué actividades planean financiar con los fondos de la Subvención Distrital que soliciten.
El gobernador, el presidente del Comité Distrital de La Fundación Rotaria y el presidente del Subcomité Distrital de Subvenciones presentarán la solicitud en línea (disponible en abril de 2010).
Las solicitudes podrán remitirse a la Fundación en cualquier momento, pero se alienta a los distritos a remitir sus solicitudes antes del comienzo del año rotario para que el pago pueda efectuarse inmediatamente a comienzos del año.
Pago
Los distritos recibirán un pago en bloque para el importe de la subvención aprobado. Los pagos de Subvenciones Distritales pueden efectuarse solamente del 1 de julio al 15 de mayo del año rotario para el cual se emita el pago. Los expedientes de todas las Subvenciones Distritales deberán estar cerrados para que pueda emitirse un nuevo pago.
Informe final
Los distritos deberán remitir un informe final a la Fundación dentro de los 12 meses posteriores al pago de la subvención. El informe deberá incluir una lista de las actividades financiadas y remitirse en el mismo formato del plan para desembolsos del distrito.
Se podrán producir algunos cambios respecto a la financiación del proyecto entre el momento de presentación del plan de desembolsos original del distrito y la presentación del informe final. Los distritos deberán incluir tales cambios en el informe, el cual deberán presentar una vez que hayan destinado completamente sus fondos de Subvenciones Distritales a cada uno de los proyectos, sin ser obligatoria la conclusión de éstos para que los distritos presenten su informe final.
Tipos de actividades
Los distritos disponen de flexibilidad para decidir qué tipo actividades financiarán con las Subvenciones Distritales. A continuación se indican varios ejemplos:
-
Proyectos de servicio locales o internacionales, además de viajes necesarios para la prestación de servicio o tareas de socorro en casos de desastre.
-
Formación profesional con la flexibilidad necesaria:
- Sin requisitos de colaboración o alcance internacional.
- Sin limitaciones en cuanto al número de integrantes del equipo o la duración de la capacitación.
- Los equipos pueden viajar para impartir o recibir capacitación.
-
Becas con la flexibilidad necesaria:
- Sin limitaciones de nivel (secundario, universitario o posgrado), duración, ubicación (local o internacional) o especialidad académica.
- Sin limitaciones en cuanto al importe de las becas.
Debido a la flexibilidad de las subvenciones, se recomienda que los distritos establezcan sus propios estándares para los equipos de formación profesional y los becarios.